Este es un pequeño resumen y si os queréis enterar bien os dejamos el enlace de la #agenciatributaria más abajo.
Pueden ser beneficiarios de esta ayuda los trabajadores #autónomos y sociedades con personalidad jurídica legalmente constituidas en España que en fecha 28 de diciembre de 2022 (fecha de entrada en vigor del Real Decreto ley 20/2022):
1.- Sean titulares de una autorización de #transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDLE y MDPE, atendiendo al número y tipología de los #vehículos adscritos a la autorización y se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte…
La Agencia Tributaria considerará, a estos efectos, los titulares que a 28
de diciembre de 2022 se encontraran de alta en el Registro de Empresas
y Actividades de Transporte, y hayan sido remitidos por el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana con información del NIF del
transportista, tipo de licencia de la que es titular y número de vehículos y
clasificación.