Categorías
Noticias

Que no te multen por dormir en autocaravana!

El mundo del caravaning ha despegado en España en los últimos años. Y cada vez son más los usuarios que se animan a viajar y a dormir en autocaravana. Pero, existe un problema importante, y es que el estacionamiento y, sobre todo, la pernocta en estos vehículos está muy regulada en España.Cada municipio puede establecer su propia normativa respecto a estos vehículos. Por eso, sigue nuestras recomendaciones para evitar cualquier multa.

Dormir en autocaravana: 10 consejos clave

  1. Si ves a un Policía, pregúntale:
    Es un consejo que puede sonar obvio, pero es especialmente útil en el caso de conducir una autocaravana. Pregunta a los agentes, específicamente a los de la Policía Local, sobre si existen zonas específicas de estacionamiento y pernocta para autocaravanas y caravanas. Conocer su ubicación y estacionar o pernoctar allí te ahorrará sanciones, ya que el estacionamiento de los vehículos queda regulado por la Ordenanza Municipal de cada localidad.
  2. Y busca atentamente las señales específicas para autocaravanas
    Normalmente, estas zonas de estacionamiento y/o pernocta se encontrarán a las afueras de las localidades. Si no las encuentras, estaciona en una zona apartada, donde el vehículo no moleste y pregunta en la Comisaría o Ayuntamiento de la localidad.
  3. Con tu autocaravana, respeta la normativa de acceso a las ZBE
    Como cualquier otro vehículo, recuerda que tu autocaravana debe respetar el acceso limitado a la zona de bajas emisiones de las ciudades españolas (si no lo haces, te sancionarán con 200 euros).
  4. Se puede dormir legalmente en una autocaravana bien estacionada.
    Literalmente Tráfico dice que «mientras un vehículo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización, etc».
  5. Esto es, que podremos pernoctar o dormir en una autocaravana legalmente siempre que esté correctamente estacionada y que no se desplieguen elementos fuera de la propia autocaravana, como toldos o sillas o cualquier elemento que modifique el perímetro del vehículo (ojo, incluido abrir ventanas abatibles), ya que entonces se consideraría que estamos acampando.
  6. Ten muy claro la diferencia entre estacionar (y pernoctar) y acampar
    Ojo, porque en cuanto incumplas cualquiera de las restricciones citadas en el punto anterior, se considerará que la autocaravana habrá ‘acampado’. Y, según la Ley, sólo se permite acampar con estos vehículos en campings y en zonas habilitadas específicamente para ello (áreas con instalaciones para el vaciado de aguas, con conexión eléctrica…).

La acampada fuera de estos lugares está absolutamente prohibida y se sanciona, en función de la localidad donde te encuentres, con multas de hasta 500 euros.

  1. No estaciones nunca en una playa
    Ya que está prohibido y la Ley de Costas nos puede sancionar con nada menos que 40 euros por cada metro cuadrado de superficie ocupada. Sí podrás estacionar normalmente en las áreas de estacionamiento cercanas a las playas, pero busca siempre la señal que lo indica. Ni tampoco en un espacio protegido como son los Parques Naturales. Y es que en ellos está prohibido estacionar o acampar fuera de los lugares habilitados para ello. Si lo haces, circulas por vías no autorizadas o arrojas basura, podrían llegar a sancionarte con hasta 5.001 euros.
  2. El civismo, la mejor norma para evitar multas
    De cualquier forma, podemos estar cumpliendo las normas de pernocta o acampada y, de todas formas, ser irrespetuosos con el medio ambiente o incluso nuestros vecinos de camping o autocaravana. Siendo más específicos, verter líquidos o alimentos en el exterior o cocinar en la calle también se considera una infracción.